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Obras con el inquilino dentro: qué dice la LAU

Obras de conservación, de mejora y urgentes: avisos, plazos, rebajas de renta y derechos de cada parte.

15 de octubre de 2026 · 1 min de lectura

A veces hay que hacer obras con el piso alquilado. La LAU distingue varios casos.

Obras de conservación (art. 21)

  • El propietario debe hacer las reparaciones necesarias para mantener la vivienda habitable, salvo los daños que cause el inquilino.
  • Si la obra no puede esperar, el inquilino debe permitirla.
  • Si dura más de 20 días, la renta se reduce en proporción a la parte de la vivienda que no se puede usar.

Obras de mejora (art. 22)

  • Si no pueden esperar al final del contrato, el inquilino debe soportarlas.
  • El propietario debe avisar por escrito con al menos 3 meses de antelación, indicando la naturaleza, el comienzo, la duración y el coste previsible.
  • El inquilino puede desistir del contrato en el mes siguiente a la notificación, salvo que las obras no le afecten o le afecten muy poco.
  • Tiene derecho a una reducción de renta proporcional y a una indemnización por los gastos que le causen.

Subida de renta por mejoras (art. 19)

A partir de los 5 años de contrato (7 si eres empresa), puedes subir la renta por obras de mejora, con límites legales.

Consejo

Pacta por escrito el calendario, los horarios, el acceso y la rebaja.