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Límite del 2 % a la subida del alquiler hasta 2027: cómo se aplica

Qué rentas quedan congeladas, cuáles pueden subir hasta un 2 % y qué pasa con los contratos referenciados al IPC.

15 de octubre de 2026 · 1 min de lectura

El decreto de octubre de 2026 fija un límite a la actualización anual de la renta hasta el 31 de diciembre de 2027.

Actualizado a 15 de octubre de 2026. Los decretos de vivienda están pendientes de convalidación por la Diputación Permanente del Congreso. Si no se convalidan, decaen. Consulta siempre el BOE para la versión vigente.

Las dos reglas

Tu renta respecto al índice de referencia Qué puedes hacer en la actualización
Por encima del límite del índice No puedes subirla
Por debajo Subida máxima del 2 %, salvo acuerdo

El índice de referencia es el Sistema Estatal de Referencia de Precios del Alquiler, que publica el Ministerio de Vivienda.

Cómo calcularlo

  1. Consulta el índice para tu vivienda: superficie, zona y características.
  2. Compara tu renta con el valor máximo del rango.
  3. Aplica la regla que te corresponda en la fecha de actualización del contrato.

Ejemplo

Renta de 800 € por debajo del índice: la actualización máxima es de 16 € (2 %), y la nueva renta queda en 816 €.

Consejos

  • Comunica la actualización por escrito y con el cálculo.
  • No apliques una subida automática por IPC sin comprobar antes el límite vigente.
  • Si el decreto no se convalidara, se volvería a la regla general: lo pactado en el contrato y, en zonas tensionadas, la Ley 12/2023.