La fianza (un mes en vivienda, dos en otros usos) se deposita, en la mayoría de comunidades autónomas, en un organismo público. La obligación es del arrendador, pero muchas agencias lo gestionan por él.
Reparto de tareas habitual
| Tarea | Quién |
|---|---|
| Cobrar la fianza al firmar | Agencia, en nombre del propietario |
| Presentar el depósito | Agencia (con autorización) o propietario |
| Guardar el justificante | Ambos |
| Recuperarla al final | Propietario (o agencia con autorización) |
| Devolverla al inquilino | Propietario, descontando daños justificados |
Plazos
Suelen ser de uno o dos meses desde la firma, según la comunidad. No depositarla puede acarrear sanciones.
Buenas prácticas
- Calendario de depósitos con alertas.
- Autorización escrita del propietario para gestionarlo.
- Justificante archivado con el contrato.
Más detalle para propietarios en cómo depositar la fianza.
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