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Bonificaciones fiscales para caseros que bajan el alquiler

Las reducciones de la Ley 12/2023 y las nuevas deducciones del decreto para propietarios que rebajan la renta más de un 5 %.

15 de octubre de 2026 · 1 min de lectura

Si alquilas tu vivienda como residencia habitual del inquilino, la fiscalidad premia ciertos comportamientos.

Actualizado a 15 de octubre de 2026. Los decretos de vivienda están pendientes de convalidación por la Diputación Permanente del Congreso. Si no se convalidan, decaen. Consulta siempre el BOE para la versión vigente.

Lo que ya existe (Ley 12/2023, contratos desde 2024)

Caso Reducción del rendimiento neto
General 50 %
Obras de rehabilitación en los dos años anteriores 60 %
Primer alquiler a joven de 18 a 35 años en zona tensionada 70 %
Rebaja de más del 5 % en zona tensionada 90 %

Lo que añade el decreto de octubre de 2026

Deducciones de hasta el 100 % para propietarios que no sean grandes tenedores, cuando un contrato nuevo rebaja la renta más de un 5 %:

  • Con el mismo inquilino, al terminar los cinco años o la última prórroga.
  • Con un inquilino nuevo, si la renta queda por debajo del límite del índice de referencia.

Ejemplo orientativo

Un rendimiento neto de 6.000 € con reducción del 50 % tributa solo por 3.000 €. Si la reducción es mayor, tributa todavía menos.

Consejo

Guarda los contratos anteriores y posteriores para poder acreditar la rebaja. Consulta con tu asesor fiscal antes de la declaración.