← Blog para inquilinosElecciones 29N

Prórroga extraordinaria del alquiler: quién puede pedirla y cómo

Si tu contrato vence antes de 2029, el decreto de octubre te permite pedir hasta dos años más con las mismas condiciones. Requisitos y modelo de solicitud.

15 de octubre de 2026 · 1 min de lectura

El decreto de vivienda en vigor desde el 7 de octubre de 2026 permite a muchos inquilinos quedarse más tiempo en su piso.

Actualizado a 15 de octubre de 2026. Los decretos de vivienda están pendientes de convalidación por la Diputación Permanente del Congreso. Si no se convalidan, decaen. Consulta siempre el BOE para la versión vigente.

Quién puede pedirla

  • Inquilinos con contrato de vivienda habitual.
  • Cuyo contrato venza hasta el 31 de diciembre de 2028.
  • Que estén al corriente de pago en los ocho meses anteriores.

Qué consigues

  • Hasta dos años más, por periodos de un año.
  • Mismas condiciones del contrato actual.

Cuándo puede negarse el propietario

  • Si acordáis otras condiciones.
  • Si acredita que necesita la vivienda (en los casos previstos en la norma).

Cómo pedirla

  1. Hazlo por escrito, con un medio que deje constancia: burofax, correo certificado o email con acuse.
  2. Indica tu nombre, la dirección del piso, la fecha del contrato y que solicitas la prórroga extraordinaria del decreto de octubre de 2026.
  3. Guarda el justificante.

Si el decreto no se convalida

Si el 16 de octubre la Diputación Permanente no lo convalida, la medida decae. Lo que sigue vigente son las prórrogas de la LAU: la obligatoria hasta 5 o 7 años y la tácita de hasta 3 años.