Según el artículo 8 de la LAU, puedes subarrendar parte de la vivienda solo con el consentimiento escrito del propietario.
Reglas
- Nunca la vivienda entera: solo una parte.
- El subarriendo termina cuando termina tu contrato.
- El precio no puede ser mayor que la parte proporcional de tu renta.
Si lo haces sin permiso
El propietario puede resolver tu contrato. No merece la pena.
Alternativa
Si vais a vivir varias personas, lo mejor es que todos firméis el contrato. Lee cómo repartir gastos y quién firma.