Si tu casero vende el piso, tu contrato no se acaba. Esto es lo que dice la ley.
El nuevo propietario respeta tu contrato
Según el artículo 14 de la LAU, el comprador se subroga: ocupa el lugar del antiguo propietario con los mismos derechos y obligaciones. Debe respetar tu contrato, al menos hasta cumplir la duración mínima legal (5 años, o 7 si el arrendador era una empresa).
Tu derecho a comprar primero
El artículo 25 de la LAU te da un derecho de adquisición preferente:
- Tanteo: el propietario debe notificarte la venta, con el precio y las condiciones. Tienes 30 días naturales para comprar en esas condiciones.
- Retracto: si no te lo notificaron o se vendió en otras condiciones, puedes comprar en esas condiciones en los 30 días siguientes a conocer la venta.
Ojo: en algunos contratos se renuncia a este derecho. Revisa el tuyo.
Qué pasa con tu fianza
El nuevo propietario asume la obligación de devolvértela al final del contrato.
Qué hacer
- Pide por escrito los datos del nuevo propietario y la nueva cuenta de pago.
- No pagues a nadie sin confirmación.
- Guarda tu contrato y tus recibos.
Si el nuevo propietario quiere el piso para él
Solo podría recuperarlo por necesidad si la cláusula de necesidad estaba en tu contrato y se cumplen los requisitos del artículo 9.3 de la LAU (que haya pasado un año, preaviso de dos meses…). La compra, por sí sola, no le da ese derecho.
Si te ofrecen dinero por irte
Es legal negociar una salida voluntaria. Antes de aceptar:
- Calcula cuánto te costaría mudarte (fianza, mudanza, renta del nuevo piso).
- Pide el acuerdo por escrito: fecha de salida, importe, devolución de la fianza y estado del piso.
- No firmes con prisas: tu contrato sigue vigente.
Checklist
- Datos del nuevo propietario por escrito
- Nueva cuenta de pago confirmada
- Copia de tu contrato y recibos a mano
- Revisar si renunciaste al tanteo y retracto
- Fianza: confirmar que se transfiere al nuevo propietario
Preguntas frecuentes
¿Me pueden echar porque venden el piso?
No mientras el contrato esté en vigor. La venta no es causa para resolverlo.
¿Tengo que dejar que visiten el piso los compradores?
Es tu domicilio: no pueden entrar sin tu consentimiento. Si el contrato lo prevé, colabora con visitas razonables y avisadas.
¿Me pueden subir la renta por la venta?
No. El nuevo propietario mantiene las condiciones del contrato, incluida la renta y su actualización pactada.