Saber qué no te pueden cobrar te ahorra dinero y discusiones. Estos son los límites principales en un alquiler de vivienda habitual.
Lo que no te pueden cobrar
| Concepto | Qué dice la ley |
|---|---|
| Honorarios de la inmobiliaria | Los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato son del propietario (Ley 12/2023) |
| Más de un mes de renta por adelantado | Prohibido exigirlo (LAU, art. 17.2) |
| Más de 2 meses de garantía adicional | Es el máximo en vivienda habitual (LAU, art. 36.5) |
| Una fianza distinta de un mes | En vivienda habitual, la fianza legal es de una mensualidad |
Lo que sí te pueden pedir
- El primer mes de renta.
- La fianza legal de un mes.
- Una garantía adicional de hasta dos meses, en depósito o con aval.
- Los suministros que consumas, si así se pacta.
Si te piden algo que no corresponde
- Pide que te lo detallen por escrito.
- Recuerda amablemente el límite legal: muchas veces es desconocimiento.
- Si pagas, guarda el justificante de cada pago con su concepto.
- Puedes reclamar ante la oficina de consumo de tu ayuntamiento o comunidad.
La fianza vuelve
Al terminar el contrato, el propietario debe devolverte la fianza, descontando solo lo que esté justificado (rentas pendientes o desperfectos que vayan más allá del uso normal). Si tarda más de un mes en devolverla, la cantidad genera intereses legales.
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