Pedir garantías es legítimo y recomendable, pero la ley pone límites claros. Superarlos puede hacer que una cláusula sea nula.
Vivienda habitual
| Concepto | Límite | Base legal |
|---|---|---|
| Fianza legal | 1 mensualidad (obligatoria) | LAU, art. 36.1 |
| Garantía adicional | Hasta 2 mensualidades | LAU, art. 36.5 |
| Total de garantías | 3 mensualidades | |
| Renta por adelantado | No puedes exigir más de 1 mes | LAU, art. 17.2 |
La garantía adicional puede ser un depósito en metálico o un aval bancario. La fianza legal, en cambio, se deposita en el organismo de vivienda de tu comunidad autónoma.
Alquiler de temporada y otros usos
Si el contrato no es de vivienda habitual (por ejemplo, un alquiler de temporada por estudios o trabajo):
- La fianza legal es de 2 mensualidades.
- La ley no fija un tope para la garantía adicional.
Ejemplo con un piso de 850 €
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Primer mes de renta | 850 € |
| Fianza legal | 850 € |
| Garantía adicional (máximo) | 1.700 € |
| Lo máximo que puede pagar el inquilino al firmar | 3.400 € |
Errores frecuentes
- Pedir «tres meses por adelantado» de renta. No se puede exigir; lo que sí puedes pedir son garantías dentro de los límites.
- No depositar la fianza. Cada comunidad tiene su plazo y puede sancionar si no se hace.
- Cobrar gastos de gestión al inquilino. Desde la Ley 12/2023 los paga el propietario.
Y la hucha, ¿cuenta?
La hucha del inquilino está bloqueada a favor del contrato, así que en vivienda habitual cuenta dentro del máximo de dos mensualidades de garantía adicional. Si pides las dos al firmar, la hucha sigue llenándose, pero como ahorro del inquilino.